AFIP subió el monto a partir del cual bancos y billeteras virtuales deben informar los movimientos de sus clientes

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicó la Resolución General 5512/2024, la cual introduce actualizaciones y modificaciones en los regímenes de información de entidades financieras como de las plataformas de gestión digital.

La nueva resolución actualiza los montos a partir de los cuales las entidades financieras deben informar transacciones, saldos y consumos, elevando los valores de $200.000 a $700.000.

En la resolución se establece que habrá una actualización semestral de estos importes basada en el Índice de Precios al Consumidor (IPC) del INDEC.

* en el caso de acreditaciones, extracciones en efectivo y saldos mensuales de todas las cuentas, el monto mínimo se elevó de $200.000 a $700.000.

* en el supuesto de consumos con tarjetas de débito del titular y adicionales, se elevó de $120.000 a $400.000.-

La resolución entra en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial y aplica para operaciones a partir del 1° de junio de 2024, con las actualizaciones semestrales comenzando a regir en febrero de 2025.

En la fundamentación de la resolución se indica que buscan mejorar y simplificar la información en las bases de datos de la AFIP.

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