El Gobierno oficializó decretos que regulan conflictos de interés tras el escándalo del Correo
Después del escándalo por el pacto entre el Grupo Macri y el Gobierno de Mauricio Macri en torno a la deuda del Correo Argentino, el Ejecutivo dio a conocer hoy dos decretos que regulan los conflictos de interés del Presidente, el Vicepresidente, el jefe de Gabinete de ministros o cualquier ministro con el Estado.
La Procuración del Tesoro deberá representar al Estado en los casos en cuestión, y tendrá la obligación de difundir el listado de causas alcanzadas por esta medida.
Los decretos 201 y 202/2017 fueron publicados hoy en el Boletín Oficial, después de las fuertes críticas de la oposición al modo en que manejó el Gobierno la situación de Correo Argentino, la empresa de la familia del presidente Macri, que se encuentra en conflicto con el Estado por una deuda.
En el primero de los decretos se dispuso que en los "procesos de cualquier naturaleza en que sea parte un organismo" público en los que el Presidente, el Vicepresidente, el jefe de Gabinete o un ministro tenga "relación a una de las partes en el proceso", el Estado nacional será representado "en forma directa por la Procuración del Tesoro de la Nación".
La intervención tendrá lugar cuando se den alguna de estas situaciones: "Parentesco por consanguinidad dentro del cuarto grado y segundo de afinidad, sociedad o comunidad, pleito pendiente, ser deudor o acreedor, haber recibido beneficios de importancia" o "amistad pública que se manifieste por gran familiaridad y frecuencia en el trato".
Así, en el decreto firmado por Macri, el jefe de Gabinete, Marcos Peña, y el ministro de Justicia, Germán Garavano, se indicó que la Procuración del Tesoro buscará "desempeñar la defensa del Estado Nacional asegurando los máximos estándares de fundamentación, difusión y transparencia, de modo de evitar toda duda o prevención de la ciudadanía acerca de la recta e inequívoca gestión en favor del interés público en todos los casos contemplados".
Además, la Procuración del Tesoro deberá dar a conocer por Internet el listado de causas judiciales alcanzadas por el decreto e "información actualizada sobre el estado de las actuaciones y las audiencias o reuniones a celebrarse, de acuerdo con las reglas y excepciones previstas en materia de acceso a la información pública".
En el segundo decreto, el Gobierno apuntó a regular la situación de las empresas que puedan entrar en conflicto de interés con el Estado por estar vinculadas a funcionarios del Ejecutivo.
Este segundo decreto determina que "toda persona que se presente en un procedimiento de contratación pública o de otorgamiento de una licencia, permiso, autorización, habilitación o derecho real sobre un bien de dominio público o privado del Estado, llevado a cabo por cualquiera de los organismos y entidades del Sector Público Nacional" deberá "presentar una Declaración Jurada de Intereses en la que deberá declarar si se encuentra o no alcanzada" por una serie de vinculaciones con el Presidente, el Vicepresidente, el jefe de Gabinete o los ministros "aunque estos no tuvieran competencia para decidir sobre la contratación o acto de que se trata".
En síntesis, las empresas deberán realizar la declaración si existe "parentesco por consanguinidad dentro del cuarto grado y segundo de afinidad, sociedad o comunidad, pleito pendiente", al igual que si son "deudor o acreedor", si recibieron "beneficios de importancia" o si existe "amistad pública que se manifieste por gran familiaridad y frecuencia en el trato".