El Ministerio Público de la Defensa porteño apelará ante la Corte el fallo que faculta a la policía a pedir DNI

El Ministerio Público de la Defensa (MPD) de la Ciudad de Buenos Aires apelará el fallo del Tribunal Superior de Justicia (Tsjcba) porteño que faculta a la policía a pedir DNI en la vía pública, para lo cual prepara un recurso para presentar a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, del cual podrán participar como Amicus Curiae quienes apoyen el cuestionamiento.
"Con el fallo del Tsjcba retrocedemos a épocas que creíamos superadas. Es volver a dar poder a la policía 'por razones de seguridad'. Hubo épocas en el país donde se hacían campañas publicitarias que decían que un soldado te podía pedir el DNI y si eras una persona de bien, no tenías que tener miedo. Era para luchar 'contra el enemigo'", dijo a Télam Luis Duacastella, defensor adjunto en lo Penal, Contravencional y de Faltas del MPD.
De esta manera, el funcionario rememoró una publicidad difundida durante los años de la última dictadura cívico militar en Argentina.
"El Estado argentino fue condenado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) a modificar su legislación para garantizar que se termine con la llamada 'averiguación de antecedentes''", recordó el abogado.
Esto surgió a partir del "caso Bulacio", apellido de Walter, de 17 años, que murió en abril de 1991 en un hospital porteño debido a los golpes que recibió mientras estuvo en una comisaría de la Policía Federal adonde fue llevado, por "averiguación de antecedentes", desde el Estadio Obras, cuando iba a ver un recital de Los Redonditos de Ricota,
"El Estado, a partir de la decisión de la CIDH, asumió un compromiso internacional que no puede violar ahora este fallo.
En Argentina no hay obligación de circular con el DNI, porque el no tenerlo, no puede ser razón para ir a una comisaría detenido", resaltó el defensor.
Duacastella confirmó que el Tsjcba "aún no nos notificó" de la sentencia "que hizo pública antes de que la conozcamos". Una vez que eso ocurra, el Ministerio tiene 10 días para apelar.
"Estamos preparando el recurso de apelación para presentar ante el Tsjcba, que puede rechazarlo, y si eso ocurre, llegaremos a la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Es un caso constitucional, debería admitir el recurso", aseveró el profesional.
En el documento, el MPD analizó que desde una lectura constitucional y política lo que hizo el Tsjcba "es poner en crisis, sin necesidad, al Estado de Derecho y a los derechos individuales que teníamos garantizados".
"No obstante el esfuerzo del Tsjcba por encuadrarse en la constitucionalidad, su decisión se apoya sólo en una conjeturada y forzada elucubración que se desmorona por sí solo", agregó el escrito.
También, el Ministerio mostró su preocupación ya que este fallo "sale a la luz en un momento inoportuno, en circunstancias en que se está produciendo el traspaso de las fuerzas de seguridad federales y de la justicia penal al ámbito de la Ciudad de Buenos Aires".
Por lo tanto "el deterioro de la calidad institucional democrática y de las garantías propias del Estado de Derecho se inicia con esta clase de fallos", aseveró el MPD porteño.
El organismo recordó que la llamada "averiguación de antecedentes" surgió con un decreto, el 14 de enero de 1958, firmado por Pedro Eugenio Aramburu que encabezó, tras desplazar al general Eduardo Lonardi, el gobierno de facto, a pocos meses de la asunción de Arturo Frondizi, el 1 de mayo de 1958.
Hasta 1991 que se reformó la legislación, hubo marchas y contramarchas sobre el poder policial para pedir documentos y detener a una persona que nos los tenía consigo.
La Ley Orgánica de la Policía Federal Argentina estableció que esa fuerza "no podrá en más detener personas sin orden de juez competente".
"Se pueden cometer delitos portando el documento y no cometerlos aunque no se los lleve consigo", concluyó el Ministerio Público de la Defensa.
Con su decisión, el máximo tribunal porteño revocó tanto el fallo del juez de primera instancia como el de la Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Penal, Contravencional y de Faltas de la Ciudad de Buenos Aires, que había considerado ilegal una detención de un hombre, por parte de un agente de la Policía Federal, en la estación de trenes de Constitución, para la identificación documental sin razón alguna.
Conocida la decisión, organizaciones de derechos humanos, activistas sociales, sindicatos y ahora el Ministerio Público de la Defensa, cuestionaron la medida.